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     SEGUROS

A la hora de adquirir una vivienda, a través de un préstamo hipotecario, es recomendable realizar dos tipos de seguros:

     SEGURO DE CONTINENTE CONTRA INCENDIOS

El llamado seguro multi-riesgo de continente, es obligatorio ante la necesidad de mantener en buen estado un inmueble. La contratación de este seguro es obligatoria durante toda la vida del préstamo. En él debe figurar como primer beneficiario la entidad acreedora donde se haya realizado la hipoteca.
El seguro se realizará por la misma cantidad que el valor de la vivienda, siempre según tasación. A esta cantidad hay que restarle el valor del suelo.

Aunque asegurar el contenido de la vivienda no es obligatorio, es recomendable hacerlo para poder hacer frente a cualquier adversidad.

     SEGURO DE VIDA

Este seguro no siempre es obligatorio. La entidad acreedora lo exige cuando el capital solicitado es superior a determinado montante. En estos casos se realiza un seguro sobre el capital pendiente durante toda la vida del préstamo, que disminuirá en valor al tiempo que decrece el capital debido.
Por otro lado es recomendable tenerlo, durante el tiempo en que se tenga capital pendiente, ya que, en caso de fallecimiento, los herederos siempre quedan libre de esta carga, el préstamos quedaría amortizado automáticamente.

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